EL PAIS 🔵 La Audiencia Nacional declara prescritas las acusaciones contra la exjefa etarra Anboto por el asesinato de Miguel Ángel Blanco
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha declarado prescritas las acusaciones contra la etarra María Soledad Iparraguirre, alias Anboto, por el secuestro y asesinato en 1997 de Miguel Ángel Blanco, concejal del PP en Ermua (Bizkaia). El tribunal, que da la razón a la Fiscalía, marca así el camino a seguir respecto a las imputaciones que también penden sobre otros dos ex jefes de ETA (Mikel Albisu, Mikel Antza; e Ignacio Miguel Gracia Arregui, Iñaki de Rentería), procesados el pasado abril junto a Anboto y José Javier Arizcuren, Kantauri, por el atentado contra el edil popular.
A través de una resolución fechada este miércoles, los magistrados aceptan el recurso del abogado de Iparraguirre, al que se sumó la Fiscalía. Estos defendían que, desde que se cometió el crimen (el 13 de julio de 1997) hasta que se dirigió la querella contra Anboto, habían trascurridos casi 25 años, cuando el plazo de prescripción era de 20. En opinión del tribunal, no les queda otra que archivar el caso contra la exjefa etarra: “De lo contrario, se vulnerarían los principios de legalidad, de seguridad jurídica, de irretroactividad de normas sancionadores no favorables y de prohibición de la arbitrariedad de los poderes públicos”.
España y el Tribunal Supremo habían vulnerado derechos fundamentales y la propia Constitución al interpretar de forma retroactiva que se podía aumentar el tiempo de estancia en prisión de ciertos reos al aplicar los beneficios penitenciarios sobre el total de la pena impuesta en lugar de sobre el periodo máximo de cumplimiento efectivo.
La Audiencia Nacional acogió el pasado 23 de septiembre dos vistas para debatir los recursos de Anboto, Antza y Rentería por su procesamiento por el asesinato de Miguel Ángel Blanco. La resolución conocida este miércoles se refiere solo a la primera de ellas. El tribunal tiene pendiente emitir un segundo dictamen sobre los otros dos terroristas. En el caso de Kantauri, también acusado, el caso se dirigió contra él en 2016, antes de que se cumplieran los 20 años desde el atentado.
En julio de 2022, el magistrado Manuel García-Castellón, que ha dirigido el Juzgado Central de Instrucción 6 hasta su jubilación este septiembre, citó a declarar como imputados a Antza, Kantauri y Anboto tras recibir un contundente informe de la Guardia Civil que señalaba a estos exdirigentes de la banda como últimos responsables del atentado contra el concejal del PP de Ermua. Entonces, el juez ya declaró los hechos prescritos para Rentería, pero la Sala de lo Penal revocó esta decisión en febrero de 2023 y reintrodujo a dicho terrorista en la causa.
La instrucción se mantuvo viva hasta abril de 2024, cuando se procesó a los cuatro exmiembros de la cúpula de ETA (Antza, Kantauri, Anboto y Rentería) por el crimen de 1997. El instructor puso sobre la mesa la tesis de que, pese a que no fueron los autores materiales del atentado contra el edil, tenían el dominio absoluto del grupo armado y podían haber evitado su muerte. Es decir, según el sumario, estos habrían señalado a Blanco como objetivo y, además, no frenaron su asesinato durante los días que estuvo secuestrado, pese a que podían haberlo hecho.
Entre otros indicios, la investigación se apoya en el testimonio de dos antiguos etarras que declararon como testigos protegidos y que explicaron cómo funcionaba ETA y sus entresijos. Estos arrepentidos detallaron que la banda funcionaba con una estructura muy “jerarquizada” y que los comandos debían recibir órdenes precisas de la cúpula para atacar a políticos. “¿Sabe quién dio la orden [para matar a Blanco]?”, les preguntó el magistrado García-Castellón. “No, pero seguro que fue el comité ejecutivo de ese momento. No lo creo, sé que seguro fue el comité ejecutivo”, destacó uno de ellos. “Al tratarse de un político, la decisión se tomaría por el aparato político […] La responsabilidad fue compartida y emanó desde la dirección de ETA”, respondió el otro testigo protegido. “El comando no podría haber llevado a cabo el asesinato [tras el secuestro] si no hubiera recibido las órdenes del comité ejecutivo, puesto que había impuestas unas condiciones, que el comando no tenía por qué saber si se habían cumplido o no […] Finalmente lo asesinaron, y eso contó con la aprobación de la dirección de ETA seguro”.